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La defensa de Chile en la Corte Internacional de Justicia de la Haya

La etapa de alegatos orales, en relación con la excepción de jurisdicción de la Corte, se llevará a cabo entre el 4 y el 8 de mayo del presente, ocasión en que la defensa chilena expondrá sus argumentos de por qué este tribunal carece de potestad para conocer el planteamiento boliviano.

El 24 de abril de 2013, Bolivia interpuso una demanda en contra de Chile ante la Corte Internacional de Justicia, buscando que el alto tribunal obligue a nuestro país no sólo a negociar sino que también a acordar cederle a dicho país un espacio soberano para que acceda al Océano Pacífico. Bolivia busca por la vía de una supuesta obligación de negociar, modificar los límites existentes entre los dos países vulnerando principios básicos del derecho internacional y desconociendo el Tratado de Paz y Amistad de 1904.

De prosperar la pretensión boliviana, los países no se atreverían a negociar unos con otros ante el temor de resultar obligados por el sólo hecho de negociar, aun cuando no se haya alcanzado ningún acuerdo.

En ese sentido, la demanda de Bolivia, al pretender descontextualizar y judicializar el alcance de los intercambios y tratativas diplomáticas de ordinaria ocurrencia, podría afectar seriamente el normal desarrollo de las relaciones entre Estados.

Nuestro país ha alegado la incompetencia de la Corte Internacional de Justicia para tratar esta demanda, sosteniendo que la demanda boliviana pretende, en última instancia, que la Corte conozca de una materia que se encuentra resuelta y gobernada por el Tratando de Paz y Amistad de 1904, lo que está fuera de su competencia en conformidad al Pacto de Bogotá.

La etapa de alegatos orales, en relación con la excepción de jurisdicción de la Corte, se llevará a cabo entre el 4 y 8 de mayo del presente, ocasión en la que la defensa chilena expondrá sus argumentos de por qué este tribunal carece de potestad para conocer el planteamiento boliviano. La naturaleza o carácter de la salida de Bolivia al Océano Pacífico quedó zanjada por el Tratado de 1904, regulándose en favor de dicho país no una salida soberana sino que el reconocimiento a perpetuidad del más amplio y libre derecho de tránsito comercial por territorio chileno, así como el uso de nuestros puertos.

Con un accionar, Bolivia no sólo ha judicializado una materia que no es revisable salvo pleno acuerdo de las partes – los límites – y la cual la Corte carece de competencia, sino que también ha provocado un congelamiento del diálogo e imposibilitado el tratamiento de otros asuntos atingentes a la relación bilateral. No obstante, a excepción del tema marítimo que está radicado en La HayaChile continúa aspirando a trabajar conjuntamente con Bolivia buscando puntos de convergencia que permitan avanzar en pos de la cooperación, la integración latinoamericana y el desarrollo de nuestros pueblos.

 Más información en: http://www.minrel.gov.cl/

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